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Multas de tráfico en voluntaria

Una vez recibida la notificación, usted podrá:

En el caso de retirada de vehículos por la grúa, puede recurrir tanto la retirada del vehículo como la denuncia por infracción de tráfico.

Recursos:

Si presenta pliego de descargo a la sanción de tráfico, y es desestimado, podrá interponer Recurso Potestativo de Reposición ante el Sr. Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana, Protección Civil y Movilidad, en el plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo o Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (según los casos) en el plazo de dos meses, contados a partir de a fecha siguiente a su notificación.

La interposición de los recursos no suspende la ejecución del acto impugnado, por lo que deberá pagar la sanción.

Prescripción:

Plazo que tiene la Administración para realizar la 1ª notificación:

Infracciones leves: 3 meses.

Infracciones graves y muy graves: 6 meses.

Los plazos anteriores comienzan a contarse desde la fecha de la denuncia.

Otros datos de interés:

Cuando la sanción no se paga en vía voluntaria, el expediente pasa a la vía ejecutiva conforme establece el artículo 95.4 de la Ley 6/2015, de 30 de octubre (Ley de Seguridad Vial). Para más información puede contactar con Recaudación Municipal.